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El pasado miércoles 14 de diciembre de 2022,  organizaciones de derechos humanos, Cáritas Esmeraldas y líderes comunitarios de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo, afectados por la extracción minera,  realizaron un plantón  frente al Consejo de la Judicatura del Cantón San Lorenzo para exigir se cumplan las medidas cautelares dictadas en marzo del 2011, cuando se “estableció suspender toda actividad minera que se esté dando en los cantones mencionados, solo está permitido que se extraigan materiales áridos y pétreos para obras de la propia comunidad, respetando y observando las regulaciones ambientales y de este tipo de minería”.

En la audiencia, Fred Larreategui, abogado defensor de las comunidades, señaló que la contaminación de metales pesados, con aluminio por ejemplo superan en 4.000 veces la norma ambiental permitida, lo que demuestra la preocupante situación en la que viven estas comunidades. Consecuentemente, la defensa técnica insistió que, la acción de medidas cautelares autónomas se convierta en una acción de protección, con base a las reglas jurisprudenciales dictadas por la Corte Constitucional del Ecuador.

En representación del Estado comparecieron únicamente los abogados del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, (MAATE), quienes alegaron un supuesto cumplimiento de las medidas cautelares apenas con reuniones de trabajo e inspecciones del año 2018.

Por otra parte, Nathalia Bonilla, presidenta de Acción Ecológica, se refirió a la defensa permanente de las comunas afroecuatorianas y pueblos indígenas de los ríos y el bosque del Chocó: “La sentencia de hoy es el resultado de un largo proceso y trabajo persistente de años, de pueblos y organizaciones, quienes apasionadamente se han encargado de la defensa de la vida frente a la destrucción de la minería”.

Luego de escuchar a las partes, el juez constitucional Multicompetente de San Lorenzo Dr. Fernando Saldarriaga, dio paso de la conversión de las medidas cautelares autónomas a una Acción de Protección con un plazo de cumplimiento de 15 días.

Asimismo, reafirmó y mantuvo las medidas cautelares, es decir, el Ministerio de Minas debe suspender toda actividad minera que se esté dando en los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo, sólo se permite que se extraiga materiales áridos y pétreos para obras de la propia comunidad, respetando y observando las regulaciones ambientales y de este tipo de minería, de igual forma, el Ministerio de Salud Pública debe cumplir inmediatamente con un diagnóstico in situ y muestreo técnico de la situación de salud de las comunidades afectadas, con el resultado que demuestre las conclusiones en relación con la actividad minera en la zona.

El Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica deben controlar y acompañar toda actividad extractiva y los GAD Municipales de Eloy Alfaro y San Lorenzo, además deben proveer agua potable para todas las comunidades rurales afectadas por la minería y que son mencionadas en la resolución. Todas estas actividades deberán estar acompañadas por el Ejército ecuatoriano para que se retiren los frentes mineros.

“Al fin esperanza para el pueblo”, “El día de hoy es histórico en la lucha del pueblo afroecuatoriano, y es una victoria de las y los defensores de la naturaleza para los pueblos del norte de Esmeraldas”, fueron las expresiones que destacaron los luchadores y defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza.

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